hipnosis
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hipnosis Artículo 51 del código deontológico de la hipnosis.

hipnosis La publicidad de los servicios que ofrece el - la profesional de la hipnosis, se hará de modo escueto, especifi- cando su acreditación para el ejercicio profesional, y su condición de asociado a la Sociedad de Hipnosis Pro- fesional, y en su caso, las áreas de trabajo o técnicas utilizadas. En ningún caso hará constar los honorarios, ni ninguna clase de garantías o afirmaciones sobre su valía profesional, competencia o éxitos. En todo caso, habrá una correcta identificación profesional del anunciante.
hipnosis Artículo 52 del código deontológico de la hipnosis.

hipnosis Sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda suponer, constituye una grave violación de la deontología profesional, atribuirse en cualquier medio (anuncios, placas, tarjetas de visita, programas, etc), una titulación o acreditación que no se posee, así como también utilizar denominaciones y títulos ambiguos (como psicoterapeuta por ejemplo), pueden fácilmente inducir a error o la confusión. Igualmente el profesional de la hipnosis, no debe nunca favorecer la credulidad del público a propósito de técnicas o procedimientos iatrogénicos, de dudosa eficacia, o no contrastados en el conocimiento científico (por ejemplo, regresiones).
hipnosis Artículo 53 del código deontológico de la hipnosis.

hipnosis El - la profesional de la hipnosis, no ofrecerá nunca su nombre, su prestigio o su imagen, como tal profesional de la hipnosis, con fines publicitarios de bienes de consumo, ni mucho menos para cualquier género de propa- ganda engañosa.
hipnosis Artículo 54 del código deontológico de la hipnosis.

hipnosis Como tal profesional de la hipnosis, en cambio, si puede tomar parte en campañas de asesoramiento e informa- ción a la población con fines culturales, educativos, laborales u otros de sentido social.
hipnosis Artículo 55 del código deontológico de la hipnosis.

hipnosis El - la profesional de la hipnosis, que utilice pseudónimos comerciales en su actividad profesional, deberá decla- rarlo a la Sociedad de Hipnosis Profesional para su correspondiente registro y solo podrá hacerlo bajo razones perfectamente justificadas y entendibles.
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Sociedad de Hipnosis Profesional. © 2003 • Derechos registrados • La organización de los profesionales de la hipnosis • Actualizada el 15-07-2010