Manual del servicio de calidaden hipnosis.

1.4.- Referencias del servicio de calidad con hipnosis.
- Manual Integrado del Sistema de Calidad.
- Norma UNE-EN-ISO 9001:2000 “Sistemas de Gestión de la Calidad. Requisitos”

1.5.- Responsabilidades en el servicio de calidad con hipnosis.
La Presidencia de la Sociedad de Hipnosis Profesional, tiene la responsabilidad de procurar los me- dios humanos y materiales necesarios para el cumplimiento del presente procedimiento, así como de su aprobación y correcta ejecución.

La Responsabilidad de velar por la calidad del servicio ejercido por los profesionales de la hipnosis en su actividad, recae en el coordinador general de la Sociedad de Hipnosis Profesional.

Todos los profesionales de la hipnosis afiliados a la Sociedad de Hipnosis Profesional, tienen la res- ponsabilidad de seguir el procedimiento de prestación de calidad en el servicio con hipnosis.

1.6.- Aceptación de profesionales de la hipnosis afiliados.
La Sociedad de Hipnosis Profesional presta como organizacion profesional sus servicios a los pro- fesionales de la hipnosis afiliados que la componen. Estos profesionales de la hipnosis afiliados, deben cumplir una serie de requisitos para poder ser aceptados en la Sociedad de Hipnosis Profesional, que valorará el órgano Profesional de la sociedad, presentando el visto bueno o dando reparo a la solici- tud.

La Sociedad de Hipnosis Profesional puede presentar reparo a una solicitud de filiación por varias cau- sas:

hipnosis Inadecuada identificación del solicitante: Todo solicitante puede optar por rellenar el formulario impreso, o bien on-line, en los cuales sus datos identificativos de identidad y localización postal deben ser claros y contrastables mediante una fotocopia o escaneado de un documento estatal que acredite su identidad e impida cualquier suplantación.

hipnosis Inadecuada formación en hipnosis: Todo solicitante debe especificar en el formulario impreso, o bien on-line, su formación específica en hipnosis, debiendo acompañarlo de una fotocopia o escaneado de todas las acreditaciones a las que hace mención. La formación en hipnosis adquirida por el solici- tante debe adecuarse a los criterios de la Sociedad de Hipnosis Profesional especificados en su Có- digo Deontológico y su Manual del Profesional de la hipnosis, asi como lo contemplado en el Manual de servicio de calidad con hipnosis.

hipnosis Inadecuada actividad profesional: Todo solicitante ya activo como profesional de la hipnosis, será adecuadamente supervisado por la Sociedad de Hipnosis Profesional, con objeto de comprobar que en el ejercicio de su actividad profesional, no incurre en conflicto con el Código Deontológico, el Manual del Profesional de la Hipnosis, y el Manual de servicio de calidad con hipnosis. Caso de ser así, sería invitado a modificar aquellas acciones que contravienen o incumplen las normativas internas de la So- ciedad de Hipnosis Profesional, antes de proceder a su filiación.

1.7.- Asesoramiento a los profesionales de la hipnosis afiliados.
La Sociedad de Hipnosis Profesional, esta enmarcada en el ambito de sociedad profesional sin ánimo de lucro, y en este contexto, uno de sus principales fines constutuye el asesoramiento tanto a sus afi- liados, en su prestación del servicio de abordamiento mediante hipnosis como a sus clientes, en la sal- vaguardia tanto de los derechos legales de los clientes como de los profesionales que les atienden, así como la provisión del marco general de garantías deontológicas y de la calidad en el ejercicio de la ac- tividad como profesional de la hipnosis lo que constituye la gestión de asuntos relacionados con re- clamaciones y quejas de ámbito legal, así como la aportación garantizada de formación especializada y continuada a través de su departamento de formación (Escuela Técnica de Hipnosis).