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hipnosis Artículo 1.8 del Manual del abordamiento de calidad, norma ISO 9001, con hipnosis.
hipnosis El abordamiento de calidad con hipnosis.

hipnosis La prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, es una función exclusiva del profesional de la hipnosis. Entendiéndose a éste como aquel profesional con formación específica, comprobable y demostrable en hipnosis, independientemente de cualquier otra titulación, diplomatura, licenciatura, grado o formación, en la que, la hipnosis no está contemplada dentro de los ciclos de formación, ni de sus asignaturas obligatorias o troncales. Dándose por entendido, que de acuerdo a los criterios de la Sociedad de Hipnosis Profesional, no se reconoce la potestad de abordamiento en la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, a ningún pro- fesional carente de formación específica en hipnosis, bajo el amparo de cualquier otra titulación, diplomatura, li- cenciatura, grado o formación.

hipnosis El nivel de formación del profesional de la hipnosis, suficiente y/o adecuado para la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, queda determinado por la Sociedad de Hipnosis Profesional, y su obli- gatoriedad en el cumplimiento de los requisitos establecidos para pertenecer al Órgano Profesional de esta orga- nización.

hipnosis Ver niveles y grados de formación en hipnosis aceptados por la Sociedad de Hipnosis Profesional.hipnosis

hipnosis Reconocida la existencia posible de diferentes tipos y niveles en la acreditaciones específicas de la formación en hipnosis, la Sociedad de Hipnosis Profesional, determina que, únicamente son aceptables, aquellas acredi- taciones que disfruten de la homologación, y/o el reconocimiento de la Sociedad de Hipnosis Profesional, y por tanto, se hallen bajo los criterios del control de la calidad expuestos en este Manual del servicio de aborda- miento de calidad con hipnosis.

hipnosis Ver acreditaciones en hipnosis aceptados por la Sociedad de Hipnosis Profesional.hipnosis

hipnosis El servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, debe estar correctamente acreditado por el profesional de la hipnosis que lo ejerce con pleno derecho. Esto es, cumplir los requisitos de pertenencia al Órgano Profesional, y establecer en su abordamiento, los protocolos contemplados como aceptables por esta Sociedad de Hipnosis Profesional.

hipnosis Se entiende por una correcta acreditación del servicio de calidad con hipnosis, la especificación clara e ine- quívoca del mismo, independientemente de cualquier otro, en el material de presentación y/o publicitación del pro- fesional de la hipnosis, debiendo aparecer de forma explícita la expresión de Profesional de la hipnosis, se- guida de su número de filiación a la Sociedad de Hipnosis Profesional, en cualquier tipo de documento profe- sional referente a su actividad, y el logotipo de la Sociedad de Hipnosis Profesional que determina su filiación e inclusión en el Órgano Profesional.

hipnosis Queda específica y expresamente prohibido, y se manifiesta como falsedad documental, el uso de logotipos y/o anagramas pertenecientes a la Sociedad de Hipnosis Profesional, por parte de cualquier profesional o persona que no disponga de número de afiliado y/o no se encuentre al corriente de sus cuotas.

hipnosis Cualquier profesional de la hipnosis afiliado, que habiendo dispuesto de un número de afiliado a la Sociedad de Hipnosis Profesional, y cuya filiación ha sido sancionada o expedientada, conforme a las normativas, por la Comisión Deontológica de la Sociedad de Hipnosis Profesional, quedarían inhabilitados para el uso de ana- gramas o logotipos de esta organización. Esta inhabilitación, es extensiva a todos los profesionales de la hipnosis afiliados, que no se encuentran al corriente de sus cuotas, o se encuentren en situación de expulsión.

hipnosis Se entiende igualmente como obligatoria, para una correcta acreditación del servicio de abordamiento de calidad mediante hipnosis, la exposición en un lugar visible del área o recinto de trabajo del profesional de la hipnosis afi- liado que fuese de acceso a sus clientes, su acreditación de filiación a la Sociedad de Hipnosis Profesional, así como todas la/s acreditación/es que dispusiese relativas a su formación específica en hipnosis.

hipnosis Toda acreditación de uso obligatorio para la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, debe siempre reflejar el nombre civil y/o legal del profesional de la hipnosis, y nunca el nombre comercial del esta- blecimiento y/o empresa.

hipnosis Todo profesional que realiza la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, debe obligato- riamente registrar todos los servicios realizados a sus clientes en la ficha F01-PC06. Cada cliente que ha recibido un servicio de abordamiento con hipnosis, debe estar reflejado en una F01-PC06, independiente, exclusiva y es- pecífica para ese cliente, y el F02-PC06 de “Consentimiento informado”, suministrado por esta Sociedad de Hipnosis Profesional. En cualquier actuación o abordamiento con hipnosis que se practicase en un proyecto de investigación, o en aquellos casos en que el profesional de la hipnosis afiliado entienda adecuado para su protec- ción, actuaría de acuerdo al mismo procedimiento.

hipnosis Todo profesional que realiza la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, tiene obligación de conservar los historiales y los consentimientos firmados (F01-PC06 y F02-PC06) específicos de cada cliente por un período de 5 años. La custodia de los expedientes es responsabilidad específica del profesional de la hipnosis prestador del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, debiendo garantizar su seguridad y confidenciali- dad. Aquel profesional de la hipnosis, que incurriese en negligencia en la custodia de estos documentos, permi- tiendo su divulgación o vulneración de la intimidad de sus datos, contenidos en F01-PC06 supone motivo de san- ción disciplinaria por parte de la Comisión Deontológica de la Sociedad de Hipnosis Profesional.

hipnosis Todo profesional que realiza la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, está obligado a proporcionar informe detallado de su cliente a otro profesional de la hipnosis que se lo solicite, específicamente en aquellos casos concretos en los que el cliente decide, de forma unilateral, recibir la prestación del servicio de calidad con hipnosis por otro profesional. En este caso, el profesional de la hipnosis receptor del informe queda obligado a la apertura de una nueva ficha F01-PC06 de su cliente, en la que se incorporará el informe suministrado. La cus- todia de este informe es asumida por el profesional de la hipnosis receptor de la prestación del servicio de calidad con hipnosis. El informe enviado al profesional de la hipnosis receptor de la prestación del servicio de aborda- miento de calidad con hipnosis, debe ser entregado de forma directa y garantizada, sin la intervención en ningún caso del cliente.

hipnosis De acuerdo a lo contemplado por el Código Deontológico de la Sociedad de Hipnosis Profesional, todo profesional de la hipnosis que realiza la prestación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, está obligado a comunicar a los clientes que se lo soliciten la cuantía de sus honorarios, la fecha hora y lugar, de la pres- tación del servicio de abordamiento de calidad con hipnosis.

hipnosis En todos los casos, el profesional de la hipnosis prestador de un servicio de abordamiento de calidad mediante hipnosis, debe observar y cumplir obligatoriamente todos los artículos contemplados en el Código Deontológico de la Sociedad de Hipnosis Profesional, siendo su incumplimiento considerado como infracción muy grave y mo- tivo de expediente disciplinario. Igualmente todo profesional de la hipnosis que presta el servicio de abordamiento de calidad con hipnosis, está obligado a pertenecer al Órgano Profesional de la Sociedad de Hipnosis Pro- fesional.

hipnosis El desconocimiento de estas normativas, no eximen al profesional de la hipnosis que se encuentra afiliado a la Sociedad de Hipnosis Profesional a su estricto cumplimiento.
Sociedad de Hipnosis Profesional. © 2003 • Derechos registrados • La organización de los profesionales de la hipnosis • Actualizada el 15-07-2010